Formación nueva BRC vs 7. Adaptación a la nueva norma. Presencial

El próximo 18 de Noviembre, impartiremos una Jornada Formativa de carácter práctico y en modalidad presencial, para la adaptación de las empresas alimentarias a la nueva versión de BRC. Esta versión trae consigo novedades importantes tales como nuevos criterios para la homologación de proveedores de materias primas, criterios de aceptación de materias primas, evaluación del fraude como elemento nuevo en el análisis de peligros, así como la Gestión de excedentes alimentarios y productos para la alimentación de animales,entre otros.

La formación tendrá una duración de 8 h, y se impartirá en el Centro Empresas Cumbria de Ciudad Real.HOJA DE INSCRIPCION PROGRAMA FORMACION BRC VS 7

Derogada Lista Marco!! Una oportunidad para otros sectores!!

El pasado 31 de diciembre del 2014 entró en vigor el Real Decreto 993/2014, del 28 de noviembre, por el que se establecen los procedimientos y los requisitos de certificación veterinaria de exportación. Así, queda derogado el Real Decreto 265/2008 por el que se establece la Lista Marco de establecimientos registrados para la exportación de carne y productos cárnicos. RD 993_2014 Procedimiento de la certificacion veterinaria para la exportacion

Con esta nueva publicación, se pretende que aquéllos establecimientos incluidos en la Lista de exportadores, tengan más facilidades para entrar en ciertos mercados. Lo que experimentamos con Lista Marco, fue que, a pesar de estar incluidos en la Lista de exportadores, no se abrieron fácilmente las puertas para exportar a ciertos países, puesto que algunos de ellos cuentan con requisitos que no contemplaba Lista Marco.

Aún no se han publicado los Protocolos que describen estos requisitos, y se está trabajando en ello, pues las primeras empresas, que actualmente no estén en Lista Marco, deben certificarse antes de Septiembre de 2015, para lo cual ya deberían de estar publicados para esta fecha.

Sin embargo, dado nuestros contactos con entidades de Certificación os podemos adelantar algunas de las Novedades:

  • Una de las más llamativas, es que ya no se limita a establecimientos cárnicos o de productos cárnicos, sino que quedan incluidos dentro del alcance, “todos aquéllos establecimientos que produzcan y comercialicen productos de origen animal“. Es decir, podrán optar a esta lista: empresas lácteas, quesos, e incluso, miel.
  • Va a elaborarse un Protocolo para el cumplimiento de los distintos requisitos de los países. Lo que desconocemos, es si habrá un Protocolo para Asia, otro para Japón, otro para Rusia,…Esta parte aún está por determinar. (Esperemos no nos lo compliquen demasiado…)
  • De entre los nuevos requisitos: destacar que van a haber muchos cambios. Por ejemplo se refuerza Trazabilidad. Habrá tres niveles de trazabilidad, desde el más básico (de la ganadería a la mesa), hasta el más complejo que requiere una copia de todos los documentos que afecten a la trazabilidad de la ganadería y matadero.
  • El informe final elaborado tras la auditoria de la Certificadora correspondiente, deberá completarse con el del Veterinario oficial y por último el responsable de la expedición de la mercancía en la frontera. No sabemos bien cómo irán las responsabilidades, pero se baraja la opción de que los Veterinarios oficiales auditen la parte de requisitos del APPCC y la Certificadora requisitos más específicos (como trazabilidad).
  • Y una gran Novedad, y poco alentadora: durante los dos primeros años (o tal vez sólo el primero), las empresas deberán someterse a dos auditorias anuales: una anunciada y otra NO anunciada. Quiere esto decir, que durante este tiempo, la empresa será visitada por sorpresa una vez al año, con el fin de comprobar que se cumplen con los requisitos certificados. A partir de este plazo, las auditorias serán cada 12 meses, tal y como se hacía con Lista Marco.

¿Cuándo se aplica? En una de las disposiciones transitorias se establece que, para los establecimientos que en el momento de la entrada en vigor de este Real Decreto estén incluidos en la Lista Marco NO tendrán que cumplir este nuevo RD hasta 18 meses siguientes a la publicación de este Real Decreto. Es decir, estos establecimientos tienen un plazo que finaliza en Junio de 2016 para someterse a las Auditorias correspondientes para el cumplimiento de este nuevo Protocolo.

Una vez transcurrido este período de tiempo, los establecimientos tendrán que realizar una auditoría según el nuevo protocolo.

En cualquier caso, las empresas incluidas en la Lista de exportación, no están eximidas de someterse a las auditorias realizadas por las autoridades de los países de destino.

Os mantendremos informados!!

Nueva reglamentación Sandach

REGLAMENTO (UE) 2015/9 DE LA COMISIÓN de 6 de enero de 2015 que modifica el Reglamento (UE) no 142/2011, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la misma. RGTO 9_2015 MDF RGTO 142_2011 SUBPRO ANIMALES

El CTIC-CITA trabaja para prevenir y reducir los cristales de fosfato, mohos y levaduras en la superficie de los embutidos 12/12/2014

El Centro Tecnológico de la Industria Cárnica de la Rioja, perteneciente al Centro de Innovación y Tecnología Alimentaria de La Rioja, está desarrollando un nuevo proyecto, denominado Sinphos, con el que busca prevenir y reducir la aparición de cristales de fosfato, mohos y levaduras en la superficie de los chorizos en sarta. De esta manera se podría controlar mejor posibles rechazos del producto por parte del consumidor.

El proyecto Sinphos ha permitido conocer en profundidad el problema de los precipitados de fosfato y contar con una serie de medidas preventivas y tratamientos para reducir su incidencia en chorizo curado. Entre ellas, se ha determinado el mejor modo de conservación del embutido considerando la relación que tiene el tipo de envasado y la temperatura con en el aumento o reducción de los precipitados.

http://www.eurocarne.com/noticias

Publicada versión 7 de BRC Food, en español.

El pasado 7 Enero se publicó la versión definitiva de BRC v 7 y ya disponemos de la traducción en español.

En lo sucesivo iremos comentando las novedades de esta versión 7 más destacadas. A priori, destacamos que ya pueden realizar la descarga de la misma de la web oficial de BRC, de manera gratuita (a diferencia de versiones anteriores).

Para ello les indicamos los pasos a seguir:

1. Entrar en la web oficial BRC: http://www.brcglobalstandards.com/

2. Acceder a la pestaña: Bookshop

3. Seleccion icono “Food safety”

4. Seleccionar el idioma y pinchar sobre el documento de interés. Es preciso registrarse previamente para poderlo descargar.

5. Añadir a la cesta de la compra y seguir los pasos indicados.

6. Una vez confirmada la compra, en el caso de seleccionar pdf, puede realizarse la descarga desde “Download”.

NOVEDAD BRC V 7!: APÉNDICE 3: PROCESOS EQUIVALENTES PARA LOGRAR 70 ºC DURANTE 2 MINUTOS

Una de las dudas más frecuentes que nos sugían en sectores categorizados con zonas de cuidado especial y alto riesgo era a la hora de aplicar el árbol de categorización de zonas en la pregunta correspondiente a si se sometía el producto a tratamiento térmico 70 ºC / 2 min o equivalente.

Como consultores empleábamos tablas publicadas en estudios científicos, en algunos casos en productos tan específicos como el pescado, que hasta el momento nos han servido como referencia.

En esta versión 7 BRC incluye en su apéndice 3 una tabla de equivalencias que harán más sencillo este paso. Pueden descargarse el documento tal y como indicamos en nuestro post.

JORNADA “CERTIFICACIÓN Y CALIDAD AGROALIMENTARIA”

JORNADA “CERTIFICACIÓN Y CALIDAD AGROALIMENTARIA”

Ciudad Real, 4 de diciembre de 2014. Cámara Comercio Ciudad Real.

El pasado 4 de Diciembre en colaboración con la Cámara de Comercio impartimos una Jornada enfocada a la Internacionalización de las Empresas Agroalimentarias de nuestra Comunidad.

Entre los asistentes contamos con las Cooperativas más relevantes de la Comunidad así como empresas del sector interesadas en la Internacionalización de sus mercados.

Las conclusiones de la Jornada permitirán a los asistentes enfocar su estrategia comercial y disponer de las herramientas necesarias para dirigir sus esfuerzos en una Certificación que les aporte un valor añadido, teniendo en cuenta las características de cada una de las organizaciones participantes.

La valoración de la Jornada fue de “Muy Satisfactoria” y los comentarios más frecuentes: “contenidos muy útiles que nos han servido para orientarnos en nuestra andadura profesional”

“Información muy interesante que desconocíamos y desde luego es fundamental”

“Jornada muy útil y amena, que proponemos pueda completarse con más contenidos de esta índole”.

Gracias a los asistentes por vuestra participación, el placer sin duda, fue mío.

En este enlace, les facilitamos el díptico informativo. PROGRAMA JORNADA DICIEMBRE 14

JORNADA “CERTIFICACIÓN Y CALIDAD AGROALIMENTARIA”Ciudad Real, 4 de diciembre de 2014

 

La elaboración y manipulación de productos alimentarios debe garantizar su inocuidad, bien por requisitos normativos o por exigencia de clientes y consumidores. Esta elaboración debe llearse a cabo bajo los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria eficientes y reconocidos.Disponer de un sistema de seguridad alimentaria y de certificación conforme a los principales sistemas de certificación: DOP, ETG, IGP, APPCC, GLOBAL GAP, BRC, IFS, ISO 9001, FSSC 22000, SMETA, KOSHER, HALAL, GOST, DLG, FACE, etc.Esta Jornada, enmarcada en el Programa Provincial de Apoyo a la Comercialización Internacional de las Cooperativas Agro-alimentarias de la Diputación de Ciudad Real, dará una visión completa sobre las distintas certificaciones agroalimentarias, y le ayudará a elegir el sistema más adecuado para su organización.Dirigido a:Gerentes, técnicos, y rectores de cooperativas agroalimentarias de Ciudad Real, preferentemente.Más información e inscripcionesLa inscripción es GRATUITA previa solicitud.

Resolución de 29 de septiembre de 2014, de ICEX España Exportación e Inversiones, por la que se convoca para 2014 la concesión de ayudas a través del plan «ICEX CONSOLIDA»

Se convocan ayudas a través del plan «ICEX CONSOLIDA» para apoyar los proyectos de internacionalización en mercados exteriores de PYMES españolas que cuenten con política definida de marca española propia y reúnan los requisitos señalados en la convocatoria que se incorpora a esta Resolución.

Este Plan está dirigido a apoyar los proyectos de internacionalización en mercados
exteriores de PYMES españolas que cuenten con política definida de marca española
propia y que pertenezcan a cualquier sector de actividad, que cuenten con una filial ya
constituida en el momento de presentación de la solicitud en mercados exteriores, a
excepción de la Unión Europea, Noruega, Suiza y Estados Unidos, no pudiendo ser la
fecha de constitución de la misma anterior al 1 de enero de 2013.

Los conceptos susceptibles de apoyo serán los siguientes:
1. Gastos previos, de constitución y primer establecimiento:
a) Estudios de viabilidad.
b) Gastos de constitución de la filial.
c) Consultorías: Gastos de asesoramiento legal vinculados a la constitución.
d) Homologaciones y certificaciones de carácter obligatorio exigidas en el mercado de destino como requisito previo al establecimiento de la filial.
e) Asesoramiento externo: relacionados con la constitución de la filial.

2. Gastos de promoción:
a) Investigación de mercados.
b) Material de difusión y promoción.
c) Publicidad.
d) Acciones promocionales.
e) Patrocinios comerciales.
f) Relaciones públicas.
g) Participación en ferias y congresos internacionales:

Aplicación Rgto 1169/201, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

Reglamento 1169_2011. Tras su entrada en vigor en el 2011, los operadores alimentarios se han visto obligados a ir adecuando su etiquetado y la información destinada al consumidor al cumplimiento de esta normativa.

El plazo estimado para su entrada en vigor se acerca, comenzando su aplicación a partir del 13 de diciembre de 2014, salvo el artículo 9, apartado 1, letra l), que será aplicable a partir del 13 de diciembre de 2016 y la parte B del anexo VI, que se aplica desde el 1 de enero de 2014. Destacar que:

Los alimentos que se hayan introducido en el mercado o se hayan etiquetado antes del 13 de diciembre de 2014 y que no cumplan los requisitos del presente Reglamento podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.

Los alimentos que se hayan introducido en el mercado o se hayan etiquetado antes del 13 de diciembre de 2016 y que no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 9, apartado 1, letra l), podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.

Los alimentos que se hayan introducido en el mercado o se hayan etiquetado antes del 1 de enero de 2014 y que no cumplan los requisitos establecidos en la parte B del anexo VI podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.

Entre el 13 de diciembre de 2014 y el 13 de diciembre de 2016, cuando la información nutricional se proporcione voluntariamente, deberá cumplir los artículos 30 a 35.

ALERGENOS ANEXO II REGLAMENTO 1169_2011. En cuanto a los alimentos que causen alergias o incluyan ingredientes que causen alergias:

Las exigencias sobre la declaración de sustancias susceptibles de causar alergias e intolerancias, actualmente recogidas en el Real Decreto 1334/1999, cuya última modificación la constituye el Real Decreto 1245/2008, serán sustituidas a partir del 13 de diciembre de 2014 por el Reglamento 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

›Todos los alimentos envasados deben incluir la lista de ingredientes. En el caso de que el producto contenga alguna de las sustancias incluidas en el Anexo II del Reglamento 1169/2011, ésta deberá destacarse en la lista de ingredientes mediante una composición tipográfica distinta. En el caso de alimentos que no requieren lista de ingredientes, esta información irá precedida de la palabra “contiene”.

››A partir del 13 de diciembre de 2014 deberá informarse en relación con la presencia de las sustancias enumeradas en el Anexo II también en los alimentos que se presentan sin envasar, o se envasan en el punto de venta para su venta inmediata o a petición del comprado.

PARA LOS CLIENTES DE LIDL…

Hemos sabido por nuestros clientes, que todos los fabricantes de productos bajo la marca LIDL están siendo sometidos a un programa de Auditorías no anunciadas de manera sistemática.
Las auditorias son contratadas a SAI GLOBAL y comunican la llegada del auditor a las instalaciones 30 minutos antes. La empresa debe permitir y facilitar toda la información requerida, así como asistir la  visita a instalaciones.

La auditoria suele durar una jornada y sigue las mismas pautas que los Protocolos BRC / IFS v 6, para lo que se inspeccionan las instalaciones, sistema documental y la correspondiente prueba de trazabilidad, seleccionando eso sí, uno de los productos servidos a la distribuidora.

Con esta auditoria se pretender comprobar los resultados de la anterior auditoria de certificación y las prácticas correctas de la organización en la fabricación de los productos servidos a LIDL.